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Ayudas a la rehabilitación de edificios en Madrid

26 Jun 2019
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Si hace unos meses os hablábamos del Plan Renove de ventanas de la Comunidad de Madrid, ahora queremos informaros sobre otras ayudas con las que también podremos cambiar los cerramientos de la vivienda. Nos referimos a las Ayudas a la rehabilitación de Edificios de la Comunidad de Madrid, que podrán solicitarse hasta el próximo 24 de julio. Os contamos todo lo necesario para poder solicitarlas:

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Las ayudas a la rehabilitación de edificios son bastante amplias, ya que pueden solicitarla las comunidades de propietarios, los propietarios de viviendas o edificios de viviendas, las sociedades cooperativas, las administraciones públicas, las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y las empresas de servicios energéticos.

¿Qué tipos de obras son subvencionables?

Hay tres categorías diferentes que son subvencionables: las obras que mejoren la eficiencia energética y la sostenibilidad, las obras de conservación y las obran que mejoren la accesibilidad y/o seguridad.

·         Eficiencia energética y sostenibilidad: para acceder a este tipo de ayuda la obra realizada debe reducir la demanda energética ≥ 35/25 %. Se incluyen acciones como: la mejora de la envolvente térmica del edificio, instalaciones de calefacción/refrigeración, instalaciones de suministro de agua, mejoras en la protección frente al ruido, reducción de radón en el interior de edificios, eficiencia de sistemas de iluminación en zonas comunes o acciones de movilidad sostenible.

·         Conservación: se aplicará siempre que exista un carácter desfavorable en el IEE o en el informe técnico equivalente, pudiendo realizar acciones que influyan en la cimentación y estructura, en las instalaciones, en las cubiertas y azoteas, o en las fachadas y medianerías. También se incluirán los procesos de desamiantado si van acompañados de alguna de estas actuaciones.

·         Seguridad de utilización y accesibilidad: podrán acceder a las ayudas quienes realicen acciones que mejoren la accesibilidad universal. Obras como la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad. También se incluyen las obras de accesibilidad universal en el interior de las viviendas (vías de circulación, baños y cocinas), elementos de control, información y aviso (domótica) y la mejora de las condiciones DB-SUA.

 ¿Qué cantidad de ayuda me corresponde?

El importe de las ayudas es de hasta 8.000 euros por viviendas y 80 €/m2 de superficie construida de local participante. Siendo el máximo el 40% de la inversión subvencionable.

En el caso de las ayudas a la eficiencia energética y sostenibilidad, el importe será de hasta 12.000€/vivienda en caso de viviendas unifamiliares. En las ayudas destinadas a seguridad y accesibilidad, el importe podrá ser de hasta 3.000 €/vivienda si son exclusivamente obras de conservación.

¿Cuándo tengo que haber realizado las obras?

Para acceder a las ayudas a la rehabilitación las obras deben estar iniciadas después del 01/01/2018 y el plazo máximo para terminarlas será de 24 meses contados desde la concesión de la ayuda (26 meses, si se actúa en 40 viviendas o más).

El resto de los requisitos e información podéis encontrarla aquí. 

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