Deducciones fiscales por rehabilitar la vivienda ampliadas a 2026
(DEROGADO EL REAL DECRETO LEY, DEDUCCIONES NO DISPONIBLES ACTUALMENTE). El Gobierno ha aprobado un decreto-ley con deducciones fiscales para la rehabilitación de viviendas. Esta medida, que tiene como objetivo rejuvenecer y mejorar la eficiencia energética del parque edificatorio español. Estas deducciones podrán aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2026.
ACTUALIZACIÓN FEBRERO 2026:
Al no haberse alcanzado el acuerdo necesario para su convalidación en el Congreso de los Diputados queda derogado el Real Decreto Ley 16/2025 que entre las medidas aprobadas contenía en materia tributaria para 2026 la prórroga de beneficios fiscales en IRPF . Por tanto, actualmente no existen deducciones fiscales por obras que mejoren la eficiencia energética.
Deducción por obras de eficiencia energética en el IRPF
El Gobierno ha prorrogado y actualizado las deducciones fiscales por obras de rehabilitación energética de viviendas mediante el Real Decreto-ley 16/2025, que modifica y amplía las medidas iniciadas en el Real Decreto-ley 19/2021. Estas deducciones, que forman parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se financian con fondos europeos Next Generation EU, buscan impulsar la eficiencia energética del parque residencial español, fomentando a la vez la actividad del sector de la construcción y la rehabilitación.
Deducciones del IRPF por obras en la vivienda habitual
Las principales deducciones fiscales que debes conocer si vas a rehabilitar la vivienda son:
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Deducción del 20 % (hasta 5.000 € anuales)
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Aplica a obras que reduzcan al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda habitual o de cualquier otra vivienda de tu propiedad arrendada o en expectativa de alquiler. La reducción se acreditará mediante el certificado de eficiencia energética emitido por un técnico competente después de la obra. Esta deducción podrá aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que el certificado se expida antes del 1 de enero de 2027.
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Deducción del 40 % (hasta 7.500 € anuales)
Corresponde a obras que consigan reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o logren una calificación energética A o B en la vivienda. Al igual que la anterior, se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2026 y requiere certificado de eficiencia energética expedido antes del 1 de enero de 2027.
Deducciones por obras en comunidades de propietarios
Una de las deducciones solo es aplicable si hemos realizado actuaciones a nivel general del edificio y hemos reducido el consumo energético del mismo:
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Deducción del 60 % (hasta 5.000 € anuales, acumulable hasta 15.000 €)
Se dirige a propietarios de viviendas ubicadas en edificios completos de uso residencial que hayan realizado obras de rehabilitación energética. Para aplicarla, se debe lograr una reducción mínima del 30 % en el consumo de energía primaria no renovable del edificio o alcanzar la calificación A o B en su certificado energético. Esta deducción podrá aplicarse durante los períodos impositivos 2021 a 2027, y el certificado debe expedirse antes del 1 de enero de 2028. Las cantidades no deducidas por superar los límites anuales podrán trasladarse a los cuatro ejercicios siguientes, respetando el límite máximo acumulado de 15.000 €.
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Además, más allá de estas deducciones fiscales, a lo largo del año las diferentes Comunidades Autónomas aprueban nuevas ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas. En nuestra web te mantenemos al día de todas estas novedades para que no te pierdas ninguna oportunidad.
El contenido oficial publicado en el BOE podéis consultarlo aquí.
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